Caso de Éxito: anulación de sanción por ocupación de cauce público por notificación defectuosa
El 7 de mayo de 2026 la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso‑Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia dictó una sentencia que supuso la anulación de una sanción de 3.000 euros impuesta por la Confederación Hidrográfica del Segura. Esta decisión resuelve el recurso contencioso‑administrativo interpuesto contra la desestimación de un recurso de reposición que se consideraba fuera de plazo. La resolución judicial enfatiza la importancia del respeto al procedimiento y las garantías de defensa.

Contexto del caso

El caso surgió a raíz de un expediente sancionador en materia de dominio público hidráulico iniciado contra una empresa por haber instalado un paso aéreo sobre un barranco. La Administración consideró que dicha actuación había favorecido la acumulación de materiales y la obstrucción del cauce y, por ello, impuso una multa de 3.000 euros y ordenó la reposición de la zona a su estado anterior. El recurso de reposición presentado por nuestro cliente fue inadmitido por supuesto fuera de plazo, lo que nos obligó a acudir a la vía contencioso‑administrativa.

La actuación del despacho

El recurso contencioso se centró en demostrar que:

  • Se vulneraron las garantías de notificación. Las notificaciones se practicaron en una dirección errónea, lo que impidió al afectado conocer el contenido de las actuaciones. La sentencia reconoce que la Administración no agotó los medios razonables para localizar al interesado y que, por ello, la notificación por edictos carecía de validez.
  • El recurso de reposición era totalmente válido. Al no haber recibido notificación efectiva, nuestro cliente interpuso el recurso dentro del plazo legal desde el momento en que tuvo conocimiento real de la resolución sancionadora. La inadmisión por extemporáneo vulneraba su derecho de defensa.

Además, durante la tramitación del procedimiento se aportó un informe pericial que cuestionaba la existencia de cauce público en el lugar de los hechos y la correcta georreferenciación de la zona afectada, argumentos que reforzaron la defensa y subrayaron la falta de tipicidad de la conducta imputada.

La sentencia

La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en su Sección Segunda, estimó nuestro recurso y anuló tanto la resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura que inadmitía el recurso de reposición como la sanción originaria. El tribunal concluyó que la Administración no había actuado con la diligencia debida a la hora de notificar y que la falta de notificación personal había ocasionado indefensión. La sentencia declara la sanción nula de pleno derecho y condena en costas a la Administración demandada.

¿Por qué es relevante este caso?

Este fallo no solo supone un importante logro para nuestro cliente, que ve anulada una sanción injusta, sino que también sienta un precedente sobre la necesidad de que las Administraciones respeten escrupulosamente los procedimientos de notificaciones. Cuando la Administración se equivoca y vulnera derechos, es posible revertir la situación acudiendo a los tribunales.

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June 10, 2026